En este sentido el 
procedimiento para la recepci?, control, aceptaci? y transmisi? del Plan de 
Vuelo podrá hacerse en forma digital y a distancia. Esta normativa entr?en 
vigencia hoy a trav? de la Resoluci? 5-E/2018, publicada en el Bolet? 
Oficial.
En línea con los objetivos de simplificaci? y desburocratizaci? de la 
administraci? p?lica nacional, esta nueva metodolog? permitir?agilizar todo 
el procedimiento y brindar?mayor comodidad a los pilotos.
Anteriormente, este requisito deb? ser cumplimentado mediante la presentaci? 
de un documento en papel f?ico ? modalidad que contin? en vigencia ? en el 
horario de las oficinas de cada aeropuerto. A partir de que la Empresa Argentina 
de Navegaci? Aérea (EANA) disponga la modalidad de implementaci? de este 
sistema, el Plan de Vuelos podrá hacerse a distancia y en cualquier momento, con 
al menos una hora de antelaci? al vuelo.
La ANAC contin? trabajando al servicio de la comunidad aeron?tica en pos de 
optimizar los recursos y brindar mayor eficiencia en el trabajo diario.
 
PROCEDIMIENTOS PARA 
LA RECEPCI?, CONTROL, ACEPTACI? Y TRANSMISI? DEL PLAN DE VUELO
1. PROP?ITO 
Estandarizar los 
procesos de env?, recepci? y Gestión  del plan de vuelo por el sistema de 
mensajer? electr?ica ATS y otros. 
El presente documento 
resulta complementario y ampliatorio de las Regulaciones Argentinas de Aviación 
Civil (RAAC) vigentes. 
2. FORMAS DE 
PRESENTACI? DEL PLAN DE VUELO 
El plan de vuelo para 
quienes reciban la aprobaci? de la ADMINISTRACI? NACIONAL DE Aviación CIVIL (ANAC) 
en el acuerdo homologado, podrá ser presentado por los siguientes medios: 
a. Sistema de 
mensajer? electr?ica ATS del explotador a la terminal AMHS de la Oficina ARO/AIS 
del aer?romo de salida u Oficina de Gestión  de Plan de Vuelo del Proveedor de 
Servicios de Navegaci? Aérea (ANSP) cuando ?te disponga de una. 
b. Cualquier 
otro medio que sea solicitado y aprobado por la ANAC y la EMPRESA ARGENTINA DE 
NAVEGACI? Aérea SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA SE) o la DIRECCI? NACIONAL DE 
CONTROL DE TR?SITO Aéreo (DNCTA), conforme sus respectivas jurisdicciones. 
3. CONSIDERACIONES
3.1 La 
informaci? consignada en el Plan de Vuelo, cualquiera sea su forma de 
presentaci?, se regir?conforme las previsiones obrantes en la normativa 
aplicable en la materia. 
3.2 Cuando los 
ANSP hallan implementado una Oficina de Gestión  de Plan de Vuelo para 
recepcionar los mismos, ser??ta la responsable de asegurar que aquellos sean 
recibidos por las dependencias ATS involucradas. 
4. DESARROLLO 
4.1 Los ANSP 
que dispongan de un sistema de mensajer? electr?ica ATS y que deseen adherirse 
a la transmisi? del plan de vuelo por ese medio, deber? acordarlo con la ANAC 
a fin de que se inicien los procesos de validaci?, aprobaci? del sistema 
propuesto, del programa de implementaci? y del plan de contingencia. 
4.2 Los 
usuarios que dispongan de un sistema de mensajer? electr?ica ATS, que deseen 
adherirse a la transmisi? del plan de vuelo por ese medio, deber? suscribir un 
acuerdo de homologaci? con la ANAC y el ANSP correspondiente, a fin de 
conciliar los procedimientos de uso. 
4.3 En dichos 
acuerdos de homologaci? se establecer? procesos y procedimientos adecuados a 
la tecnolog? reinante de cada usuario suscriptor. 
4.4 Los planes 
de vuelos deber? ser enviados a la direcci? telegr?ica aeron?tica de la 
Oficina ARO/AIS del aer?romo de salida u Oficina de Gestión  de Plan de Vuelo 
del ANSP. Cuando la Oficina ARO/AIS no cuente con terminal AMHS, ser? enviados 
a la direcci? telegr?ica aeron?tica de la dependencia ARO/AIS u Oficina de 
Gestión  de Plan de Vuelo que se acuerde con el ANSP. 
4.5 El usuario 
que haya sido autorizado a presentar su/s plan/es de vuelo de acuerdo a 
cualquiera de las formas que se detallan en el p?rafo 2, incisos a) o b), 
deber?resguardar dicho formulario por el plazo de UN (1) a?, toda vez que le 
podrá ser requerido por el personal de las dependencias ARO/AIS o la ANAC de 
considerarse necesario. 
Por ello: 
4.5.1 No 
deber?existir discrepancia de datos entre el plan de vuelo presentado por 
cualquiera de las formas estipuladas y el archivo del usuario. 
4.5.2 S?o se 
presentar? mensajes de DLA o CHG dentro de la vigencia del plan de vuelo. 
4.5.3 Cuando 
los planes de vuelo sean presentados por cualquiera de las formas estipuladas en 
el p?rafo 2, inciso a) y b), ser?responsabilidad exclusiva del usuario que los 
tramite, verificar que los mismos est? siendo recibidos correctamente. Si es 
por medio de mensajer? AMHS el sistema acusar?el recibido, si es por otro 
medio la dependencia deber?informar la recepci?/aceptaci? del plan de vuelo. 
Mediante el mismo medio de transmisi? utilizado. 
En caso de fallas de 
sistema por parte del prestador de los servicios, este deber?activar su Plan de 
Contingencia e informar a los operadores la activaci? del mismo. En el caso de 
que el sistema se encuentre inoperativo en la empresa, la misma deber?informar 
al ARO AIS o dependenciaasignada, la imposibilidad de transmisi?. 
4.5.4 Los 
planes de vuelo deber? ser completados de acuerdo a las instrucciones 
contenidas en la ?tima versi? del documento denominado Procedimientos 
Generales - Gestión  del Tr?sito Aéreo (PROGEN-ATM) y toda normativa nacional 
que lo complemente. 
4.5.5 El 
Proveedor de Servicios de Navegaci? Aérea informar?al usuario la aprobaci? o 
rechazo de la solicitud del plan de vuelo, de acuerdo al procedimiento 
establecido en el acuerdo homologado entre las partes. 
Al efecto de mejorar 
la disponibilidad de los planes de vuelo se modifica la vigencia de los mismos 
unificando los tiempos establecidos para IFR y VFR conforme el PROGEN - ATM. Por 
ello se establece que en caso de que haya una demora de m? de SESENTA (60) 
minutos respecto a la hora prevista de inicio de rodaje o fuera de calzo, 
indicada en el plan de vuelo presentado, el plan de vuelo deber?enmendarse o 
presentarse un nuevo plan de vuelo cancelando el antiguo, seg? corresponda. 
5. 
RESPONSABILIDAD Y FUNCIONES DEL USUARIO QUE HAYA SIDO AUTORIZADO A ENVIAR SUS 
PLANES DE VUELO A TRAV? DE UN SISTEMA DE MENSAJER? ELECTR?ICA ATS. 
5.1 Las 
Oficinas ARO/AIS, como toda dependencia ATS, cuentan con una terminal AMHS capaz 
de recibir los planes de vuelo y los mensajes ATS derivados del mismo. 
5.2 Los 
usuarios autorizados a enviar sus planes de vuelo por los medios indicados en el 
punto 2. de este anexo "FORMAS DE PRESENTACION DE LOS PLANES DE VUELO", deber? 
asegurar que se cumplan las siguientes condiciones: 
a. Que la 
aeronave descripta en el plan de vuelo enviado se encuentre en capacidad t?nica 
y legal de realizar la operaci? (que cuente con las certificaciones vigentes 
correspondientes al tipo de vuelo y el espacio Aéreo a volar). 
b. Que la 
tripulaci? descripta en el plan de vuelo enviado se encuentre certificada, 
habilitada y/o en el Anexo II del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos 
(CESA), para la operaci? proyectada en el plan de vuelo. 
c. Que, si es 
un explotador Aéreo el descripto en el plan de vuelo enviado, cuente con el 
certificado y est?autorizado para la realizaci? de la operaci? Aérea 
proyectada en el plan de vuelo. 
d. Que la 
aeronave, la tripulaci? y el explotador no cuenten con ning? impedimento 
migratorio, aduanero, judicial y/o policial para realizar la operaci? Aérea.
e. Que la 
aeronave, la tripulaci? y el explotador satisfagan los requisitos normativos 
establecidos por el Estado. 
5.3 El acuerdo 
que se firmar?entre los usuarios, ANAC y ANSP, establecer?la responsabilidad 
mencionada en 5.2de este anexo, como as?tambi? los procesos y procedimientos a 
aplicar para la presentaci?, especificando la forma en que el ANSP informar?al 
emisor del plan de vuelo que se encuentra aprobado y la descripci? de Planes de 
Contingencia. 
5.4 Las 
oficinas ARO/AIS deber? tener la capacidad de efectuar el direccionamiento 
correcto de los planes de vuelo, y mensajes asociados, a fin de evitar errores 
en la recepci? por parte de los ATS de jurisdicci?. Durante la retransmisi? 
el operador ARO/AIS no modificar?ning? campo presentado por el operador, en 
caso de detectar un error en el FPL este debe ser rechazado para una nueva 
presentaci? del FPL.
 
M? 
informaci? en: 
anac.gob.ar
Twitter: 
ANACargentina